El Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario son instituciones de naturaleza y competencias diferenciadas que, no obstante, recaen sobre un mismo ámbito: la realidad inmobiliaria.
La coordinación de la información existente en ambas instituciones resulta indispensable para una mejor identificación de los inmuebles y una más adecuada prestación de servicios a ciudadanos y Administraciones.
Para lograr esa coordinación y dotar a la propiedad inmobiliaria de una total seguridad, no solo jurídica sino también de la realidad física, podemos ofrecer, entre otros, los siguientes servicios:
De nada sirve tener un título de propiedad si, por diversas circunstancias, se desconoce su ubicación físicas, lo cual suele suceder con herederos que disponen de escrituras antiguas no coordinadas con el Catastro. Disponemos de diversos visores cartográficos del Instituto Cartográfico de la Generalitat Valenciana y de la Dirección General de Catastro, así como de mapas tanto actuales como históricos.
Las alteraciones físicas de fincas se realizan a través de las operaciones de segregación, agregación, agrupación y división material. Nuestros servicios van desde el otorgamiento de la correspondiente escritura pública, hasta la comunicación de la alteración al Catastro y obtención de las nuevas referencias catastrales, a través del procedimiento telemático previsto en la Ley del Catastro, obteniendo la modificación catastral en un breve periodo de tiempo.
En ocasiones los datos físicos catastrales de fincas no son correctos por defectos o excesos de cabida o por incorrecta geolocalización de los linderos, por lo que para lograr la plena coordinación con la realidad física y su reflejo en el Registro de la Propiedad, tramitamos escrituras de rectificación de fincas y su comunicación y declaración catastral a través del procedimiento telemático previsto en el art. 18.2 de la Ley del Catastro, obteniendo la subsanación catastral en un breve periodo de tiempo, y su posterior inscripción registral.
Para la legalización de una construcción y su acceso al Registro de la Propiedad es necesario el otorgamiento de una escritura de declaración de obra, siendo necesario acreditar su adecuación a la normativa urbanística y su finalización. No obstante, la ley simplifica los requisitos para las declaraciones de obras cuando han transcurrido los plazos de prescripción urbanísticos, siendo tan solo necesario acreditar que la obra finalizó hace más de quince años. En tales casos, la documentación necesaria es la siguiente:
Escritura de propiedad del solar
Si la construcción consta en el Catastro desde hace más de quince años y es correcta su superficie, un certificado catastral descriptivo y gráfico, que podemos obtener desde notaría.
Si la construcción no consta en Catastro o no es correcta su superficie catastral, necesitaremos un certificado de Técnico competente acreditando la superficie construida, la antigüedad de la construcción y la ubicación georreferenciada.
1. Título de propiedad
Escritura pública de propiedad del solar o inmueble donde se realiza la obra (por ejemplo, compraventa, herencia, donación).
2. Licencia urbanística
Licencia municipal de obras o el acto de aprobación/autoridad administrativa que habilita la ejecución de la obra según la normativa urbanística aplicable (municipio de Valencia o Ayuntamiento correspondiente).
3. Certificación técnica de obra en construcción
Documento emitido por un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico) que: describa la obra hasta el momento, y acredite que la obra ejecutada se ajusta al proyecto autorizado por el Ayuntamiento.
4. Certificado de finalización de obra
Emitido por el director de obra y/o director de ejecución de obra (arquitecto), que:
Acredita que la obra está terminada conforme al proyecto aprobado.
5. Acta de recepción de la obra finalizada
6. Libro del edificio
7. Seguro decenal
Contrato de seguro de responsabilidad por daños estructurales, si procede (obligatorio en promociones o venta; exento para autopromotores con uso propio).
8. Referencia catastral y georreferenciación
Documento con coordenadas georreferenciadas de la edificación (ICUC) y del solar y certificación catastral descriptiva y gráfica.
9. Certificado de Eficiencia Energética
10. Declaración Responsable de Primera Ocupación