En primer lugar, si el testador ostenta la nacionalidad española se ha de tener en cuenta su vecindad civil, ya ésta determinará la legislación aplicable, si es Derecho común o Derecho foral (art. 9.8 del Código civil). Pero si el testador es extranjero o siendo español reside en el extranjero, se deberá tener en cuenta el Reglamento Europeo de Sucesiones (Reglamento UE nº 650/2012) para determinar la ley nacional o extranjera aplicable.
En segundo lugar, una vez determinada la legislación española o extranjera aplicable, hay que tener en cuenta las normas imperativas de cada legislación: las legítimas. En este punto se produce en muchas ocasiones una disociación entre lo que quiere el testador y lo que le permite la Ley.
Aunque el Código civil permite que cualquiera persona pueda otorgar testamento sin intervención de Notario (el llamado testamento ológrafo) no es una solución muy recomendable: primero, como ya hemos dicho, por la complejidad del Derecho sucesorio, pero también por el formalismo que se exige para la validez del testamento ológrafo.
Por todas estas circunstancias no es nada recomendable hacer caso de las múltiples recomendaciones o consejos que suelen publicar "expertos" en las redes sociales. La mayoría de las veces están muy alejadas de la realidad jurídica, cuando no, infringen expresamente la Ley. El asesoramiento que le prestará el notario es totalmente gratuito, y el coste del otorgamiento de un testamento es económico.
Otorgar testamento ante notario es conveniente por varias razones importantes:
1. Validez legal y seguridad jurídica
El notario verifica la identidad del testador, su capacidad legal y que el testamento se otorgue libremente, lo que reduce el riesgo de nulidad o impugnaciones futuras.
2. Asesoría profesional
El notario orienta sobre la forma correcta de disponer de los bienes conforme a la ley, respetando derechos de herederos forzosos (si los hay) y evitando errores u omisiones.
3. Claridad y precisión
El testamento notarial queda redactado con lenguaje jurídico claro, lo que disminuye conflictos entre los herederos por interpretaciones ambiguas.
4. Conservación del documento
El testamento queda registrado y resguardado por el notario (y normalmente inscrito en el Registro Nacional de Testamentos), evitando su pérdida o destrucción.
5. Menor probabilidad de conflictos familiares
Al expresar claramente la voluntad del testador, se reducen disputas entre familiares después del fallecimiento.
6. Facilita el trámite sucesorio
Los procesos de herencia suelen ser más rápidos y menos costosos cuando existe un testamento notarial válido.
7. Posibilidad de modificarlo
El testamento puede cambiarse en cualquier momento mientras el testador viva, otorgando uno nuevo ante notario.